La Administración Nacional de la Seguridad Social ( Anses) confirmó el calendario de pagos de julio 2023 para una prestación dirigida a personas sin trabajo que cumplan ciertos requisitos establecidos.

En paralelo, las personas sin trabajo pueden anotarse en julio a otros beneficios compatibles como la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo (AUE).

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¿Qué es la Prestación por Desempleo de ANSES?

La Prestación por Desempleo está dirigida a trabajadores en relación de dependencia (comprendido en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013) que fueron despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas.

Prestación por Desempleo de ANSES: ¿quiénes no pueden acceder?

No podrán acceder al Fondo de Desempleo de ANSES:

  • Quiénes no hayan efectuado aportes al Fondo Nacional de Empleo;
  • Quiénes perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo);
  • Aquellos que sean beneficiarios del Programa Jefes de Hogar; Programas de Empleo o cualquier otra prestación no contributiva;
  • Quiénes estén contratados bajo la modalidad de pasantías;
  • Aquellos que perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada;
  • Quiénes hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador, o los que hayan optado por el retiro voluntario.

Tampoco podrán acceder aquellos que integren las siguientes categorías:

  • Servicio doméstico.
  • Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
  • Establecimientos privados de enseñanza (Ley N.º 13.047)
  • Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas de conformidad con la Ley N.º 24.521.
ANSES entregará $40.000 a un grupo de beneficiarios: ¿quiénes pueden acceder?
En julio de 2023, el organismo previsional encabezado por Fernanda Raverta proporcionará un apoyo económico a un grupo específico.

Plan Desempleo de ANSES: requisitos para poder acceder

Pueden acceder trabajadores despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas estado trabajando en relación de dependencia comprendida en la Ley de Contrato de Trabajo 24.013.

  • Documentación a presentar
  • DNI (original y copia)
  • Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
  • Despida/o sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.
  • Despida/o por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: nota del síndico/a certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia de la trabajadora o trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de una empleadora o empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
  • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
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Prestación por Desempleo de ANSES: ¿cuánto cobro julio 2023? 

En julio, aquellos que sean beneficiarios de la Prestación por Desempleo podrán recibir un pago mínimo de $24.440,33 y un pago máximo de $40.733,88.