ANSES facilitó el trámite jubilatorio: como empezarlo

ANSES ya no exige la necesidad de sacar turno para poder tramitar tu jubilación. "Buscamos que ese camino sea más rápido" informan desde la web oficial
domingo 09 de octubre de 2022
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La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) habilitó la posibilidad de comenzar el trámite de jubilación de forma mucho más fácil.
 
A través del Ahora es más fácil jubilarte, podes a partir del día que cumplas 60 años, en el caso de ser mujer, o a los 65 si sos varón, acercarte sin necesidad de sacar turno a tu oficina de ANSES más cercana.

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Para poder empezar el trámite es necesario cumplir con el requisito de la edad de acuerdo al género. Además de, por supuesto, contar con los 30 años de aportes jubilatorios correspondientes. Igualmente, estos requisitos varían según el tipo de trabajo que hayas realizado. 

¿Cómo inicio el trámite de jubilación?

Consulta tus datos, para empezar, en la plataforma de Mi ANSES. Ingresa con tu CUIL y tu Clave de Seguridad Social. Y asegúrate de que tus aportes estén en orden a través de la opción Trabajo > Consultar Historia Laboral

¿Qué hago si no figuran todos mis aportes?

Habiendo juntado toda la documentación que pruebe los períodos en los que trabajaste (recibos de sueldo, certificaciones de servicio, comprobantes de afiliación a tu obra social o, incluso, declaraciones juradas), preséntalos en tu oficina de ANSES más cercana para hacer el reclamo. 

También es necesario que presentes, completo, el Formulario 6.18 “Solicitud de prestaciones previsionales”, el cual lo debes imprimir y presentar personalmente junto a toda la documentación mencionada.

Al momento de presentarte a la oficina de ANSES, no olvides llevar tu DNI. Si bien ya no es necesario sacar turno, la opción permanece abierta para aquellos que quieran hacerlo.

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Mediante la plataforma propia de ANSES podes revisar donde queda tu sucursal más cercana.

En su página oficial ANSES recuerda que, para tramitar tu jubilación, no precisas ningún gestor ni intermediario. El trámite es personal y privado, por lo que vos mismo podes llevarlo adelante.

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ANSES paga hasta $34 mil para jubilados sin aportes y más

ANSES dispuso una serie de beneficios para aquellas personas que no posean aportes y que aún no están jubiladas o alcanzadas por ningún tipo de cobertura previsional. Se tratan de las pensiones por vejez y la Pensión Universal para Adulto Mayor (PUAM), con montos de hasta $34.000, con ciertos requisitos. Mientras tanto, se confirmó que los jubilados y otros grupos recibirán un bono de $7.000 en octubre.
 
Se trata de dos beneficios clave para aquellas personas mayores de 65 años sin aportes y sin cobertura previsional, explicaron desde ANSES. Para esto, los interesados podrán realizar el trámite de forma rápida y sin intermediarios, para acceder al beneficio sin aportes previos. Además suman desde septiembre el pago de un bono, confirmó el Gobierno.

Jubilarse sin aportes: Pensión por vejez, qué es y qué necesito

Se trata de una pensión destinada a aquellas personas de 70 años de edad o más, que se encuentran sin cobertura previsional o no contributiva, al momento de hacer el trámite. 

El monto de la Pensión por vejez será equivalente al 70% de un haber mínimo. De este modo, teniendo en cuenta el salario mínimo que tendrá aumento en septiembre por la Ley de Movilidad Jubilatoria, el titular del beneficio cobrará $30.346,84.

Quiénes podrán cobrar la Pensión por Vejez

  • Personas de 70 años o más, sin cobertura previsional o no contributiva.
  • En caso de fallecimiento del titular, tienen derecho a cobrarla el viudo o concubino mayor de 70 años, incapacitado, que haya convivido los últimos 5 años anteriores al fallecimiento.
  • Ser argentino nativo o naturalizado, residente en el país. En este último caso debe haber residido en el país al menos durante 5 años antes de realizar la solicitud.
  • Los extranjeros deben haber residido en el país al menos durante 40 años antes de realizar la solicitud.No cobrar, el titular ni su cónyuge, una jubilación, pensión o retiro de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen de previsión.
  • No poseer bienes, ingresos ni recursos de otra naturaleza que permitan su subsistencia y la de su grupo familiar conviviente, ni parientes obligados a prestar alimentos.
  • No encontrarse detenido a disposición de la Justicia.
  • En el caso de un matrimonio, la pensión a la vejez se tramitará solamente en favor de uno de los cónyuges.
  • La ausencia definitiva del país hará perder el derecho al beneficio, desde el momento en que se tome conocimiento de ello.

Cómo es el trámite para Pensión por Vejez

La gestión del trámite de Pensión por Vejez es presencial y sin turno, en cualquiera de las sedes de ANSES. Allí se debe concurrir con:

  • DNI original y copia.
  • Formulario PS 6.18 Solicitud de prestaciones previsionales (marcar OTRAS en el tipo de prestación solicitada y aclarar Prestación por Vejez).
  • Revisá si tus datos personales y relaciones familiares están actualizados en Mi ANSES.
  • Si no están actualizados, deberás presentar la documentación personal de tu grupo familiar cuando vayas a solicitar la prestación, junto con el formulario PS 6.18 Solicitud de prestaciones previsionales.