La Administración Nacional de la Seguridad Social ( Anses) confirmó el calendario de pagos de julio 2023 para una prestación dirigida a personas sin trabajo que cumplan ciertos requisitos establecidos.

En paralelo, las personas sin trabajo pueden anotarse en julio a otros beneficios compatibles como la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo (AUE).

¿Qué es la Prestación por Desempleo de ANSES?

La Prestación por Desempleo está dirigida a trabajadores en relación de dependencia (comprendido en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013) que fueron despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas.

Prestación por Desempleo de ANSES: ¿quiénes no pueden acceder?

No podrán acceder al Fondo de Desempleo de ANSES:

  • Quiénes no hayan efectuado aportes al Fondo Nacional de Empleo;
  • Quiénes perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo);
  • Aquellos que sean beneficiarios del Programa Jefes de Hogar; Programas de Empleo o cualquier otra prestación no contributiva;
  • Quiénes estén contratados bajo la modalidad de pasantías;
  • Aquellos que perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada;
  • Quiénes hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador, o los que hayan optado por el retiro voluntario.

Tampoco podrán acceder aquellos que integren las siguientes categorías:

  • Servicio doméstico.
  • Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
  • Establecimientos privados de enseñanza (Ley N.º 13.047)
  • Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas de conformidad con la Ley N.º 24.521.
En julio de 2023, el organismo previsional encabezado por Fernanda Raverta proporcionará un apoyo económico a un grupo específico.

Plan Desempleo de ANSES: requisitos para poder acceder

Pueden acceder trabajadores despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas estado trabajando en relación de dependencia comprendida en la Ley de Contrato de Trabajo 24.013.

  • Documentación a presentar
  • DNI (original y copia)
  • Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
  • Despida/o sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.
  • Despida/o por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: nota del síndico/a certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia de la trabajadora o trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de una empleadora o empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
  • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

Prestación por Desempleo de ANSES: ¿cuánto cobro julio 2023? 

En julio, aquellos que sean beneficiarios de la Prestación por Desempleo podrán recibir un pago mínimo de $24.440,33 y un pago máximo de $40.733,88.