Eran culpables: dos mujeres condenadas por matar a un joven tras una discusión en un boliche en Lastenia
La Justicia revocó un fallo absolutorio y declaró la responsabilidad penal de María Soledad González y Camila Estefanía Robledo por el homicidio de Emmanuel Rodolfo Luna ocurrido el 27 de agosto de 2023 en Lastenia.
Habían sido declaradas inocentes y se fueron a sus casas en libertad. Pero la familia de Emmanuel Luna no se dio por vencida y apeló la sentencia y el Tribunal de Impugnación le dio la razón: María Soledad González y Camila Estefanía Robledo lo mataron el el 27 de agosto de 2023 en Lastenia
El tribunal de impugnación, integrado por los jueces Carlos Caramuti, Jimena Suárez y Agustín Puppio, resolvió por unanimidad hacer lugar a la teoría del caso presentada por la Unidad Fiscal de Homicidios I, que encabeza Pedro Gallo, y revocar el fallo del 9 de diciembre de 2024, que había absuelto a las imputadas. En una segunda etapa del proceso se determinará el monto de la pena.
González fue considerada autora del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en concurso ideal con tentativa de homicidio agravado. En tanto, Robledo fue hallada partícipe necesaria de esos mismos delitos, al haber colaborado en la ejecución del ataque.
Según la acusación fiscal, las imputadas llegaron a bordo de una motocicleta Honda Wave blanca a la cuadra de calle Senador Araujo al 700, donde se encontraban las víctimas. González realizó un disparo desde el vehículo en movimiento: el proyectil impactó en la mano de Robles y en la cabeza de Luna, quien falleció por un traumatismo encéfalo craneano grave. Las agresoras huyeron inmediatamente del lugar.
Durante el juicio, peritos del Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF) confirmaron la presencia de residuos de disparo en la mano izquierda de González mediante la técnica de microscopia electrónica de barrido. Además, la pericia balística determinó que tanto la vaina servida y el proyectil hallados en el lugar, como los cartuchos secuestrados en la casa de la acusada, corresponden a un arma calibre 11.25, de alto poder ofensivo.
“El disparo fue dirigido a una zona vital del cuerpo de la víctima, lo que demuestra la intención dolosa de matar”, sostuvo el fiscal Pedro Gallo durante su alegato final. “González tuvo el dominio del hecho al accionar el arma, mientras que Robledo efectuó un aporte imprescindible al conducir la motocicleta, tanto para llegar al lugar como para escapar. Es una participación necesaria de manual”.
De acuerdo con la investigación, minutos antes del crimen Robledo había protagonizado un conflicto con familiares de Luna en un evento cercano. Posteriormente, habría acudido a González para concretar una represalia.