Quedó firme la condena de Lautaro Teruel

Para el hijo de uno de Los Nocheros, se dispuso que la condena lo tome como autor responsable del delito de "abuso sexual con acceso carnal (en cuatro hechos)"
martes 30 de agosto de 2022
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Lautaro Teruel, hijo de Mario Teruel, cantante de Los Nocheros, recibió una de las peores noticias en su celda donde cumple su condena.

El joven deberá cumplir 12 años de prisión en una cárcel común. Aunque la fiscalía había pedido la pena de 17 años, la noticia trajo cierto alivio a las familias de las dos víctimas.

Teruel fue encontrado culpable de los delitos de abusos sexuales de una menor de edad y una joven de 19 años y su abogado, el doctor Juan Casabella Dávalos, busca mejorar la situación procesal de su defendido, sin suerte alguna.

Ahora La Sala II del Tribunal de Impugnación denegó el recurso de inconstitucionalidad contra la resolución de esa sala que hizo lugar parcialmente a los recursos de casación y confirmó la sentencia condenatoria.

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"La condena a Teruel en los dos casos es muy importante. Fue buena para el contexto de Justicia en el que estamos. Muy lentamente están habiendo cambios en la Justicia. Este caso lo muestra. Sin embargo vemos que, en general, para que haya condenas tiene que haber antes algún tipo de confesión por parte del acusado, como sucedió con Teruel, que hasta hizo un pedido de disculpas", se había expresado en 2021, Mariana Vargas, integrante de la organización de abogadas feministas Abofem.

De esta forma se dispuso que la condena lo sea como autor responsable del delito de "abuso sexual con acceso carnal (cuatro hechos)", conforme lo previsto por el artículo 119, tercer párrafo del Código Penal.

La causa por la muerte de El Noba quedó archivada

Los jueces Pablo Arancibia y Guillermo Polliotto recordaron que "si bien a este Tribunal no le incumbe juzgar sus propios pronunciamientos cuando es llamada a decidir sobre la concesión o denegación del recurso de inconstitucionalidad, tiene el deber de examinar, a la par de los extremos formales, si cuenta con fundamentos suficientes para dar sustento a un caso que reviste un inequívoco carácter excepcional".

Apuntaron los jueces que "los motivos y agravios propuestos por el recurrente no revelan la concurrencia de ninguna de las taxativas causales que poseen entidad para viabilizar la vía extraordinaria instada."

Solo surge evidente, aclararon, "una vez más la disconformidad de la parte recurrente con lo resuelto por el Tribunal y por esta Alzada, siendo que podrá compartirse o no lo decidido por este Tribunal de Impugnación, pero los argumentos ponderados en el fallo puesto en crisis no pueden considerarse, a nuestro criterio, arbitrarios para invalidar el acto jurisdiccional oportunamente emitido."

El caso

Teruel fue juzgado por dos causas: una de “abuso sexual con acceso carnal agravado por el grave daño en la salud de la víctima” continuado por “corrupción de menores” por abusar a una joven de 13 años, y otra por abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas en coautoría con Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán. Las querellas, en tanto, habían pedido 15 años de prisión para Teruel y 10 para Rodríguez y Farfán, sin embargo estos dos últimos fueron absueltos.