El gobierno ultima detalles para la segmentación de tarifas

Según dijo la ministra Silvina Batakis, el viernes estará lista la aplicación del Decreto 332, de segmentación de tarifas para los distintos tipos de población.
martes 12 de julio de 2022
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La implementación de la segmentación de tarifas de los servicios públicos de distribución de gas y energía eléctrica estará lista este viernes, 15 de julio, anunció la ministra de Economía, Silvina Batakis.

En una conferencia de prensa que ofreció en el Palacio de Hacienda, Batakis señaló que el viernes de esta semana "va a estar lista la implementación de la instrumentación del Decreto 332 de segmentación de tarifas para los distintos tipos de población".

De esa forma, aquellos interesados en completar el formulario para acceder a los subsidios podrán hacerlo ingresando al sitio www.argentina.gob.ar.

El decreto fue publicado el 16 de junio pasado en un suplemento extraordinario del Boletín Oficial y, con esa medida, el presidente Alberto Fernández estableció "un régimen de segmentación de subsidios a usuarios y usuarias residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red, con el objeto de lograr valores de la energía razonables y susceptibles de ser aplicados con criterios de justicia y equidad distributiva".

El régimen tiene vigencia "a partir de junio de 2022", según el primer artículo de la norma, pero aún no se puso en práctica su implementación, algo que sucederá a partir del viernes, de acuerdo con lo anunciado por la titular del Palacio de Hacienda.

“Este viernes va a estar listo el registro para la segmentación de tarifas para los distintos tipos de población", sostuvo Batakis en la conferencia de prensa.

En qué consiste la segmentación de tarifas

La segmentación de tarifas prevé tres niveles de usuarios: los beneficiarios de la tarifa social, los que por su capacidad económica dejarán de tener tarifa subsidiada y, en el medio de esos dos extremos, los que podrán acceder a los subsidios.

Segmento de ingresos altos

Son hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:

Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $348.869 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC).

  • Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $425.620.

Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.

Tener 3 o más inmuebles.

Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

El segmento de ingresos altos tendrá una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.

Segmento de ingresos medios

Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:

Ingresos mensuales totales entre $99.677 y $348.869 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).

  • Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $149.515 y $348.869 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).

Poseer hasta 2 inmuebles.

Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

  • Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios. 

Segmento de menores ingresos

Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen alguna de las siguientes condiciones:

Ingresos netos menores a $99.677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC).Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $149.515 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).

Poseer hasta 1 inmueble.

No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

  • Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.

Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir alguna de las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:

Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.

Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

  • Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $149.515 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.

Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM.

  • Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $99,677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.

¿Cuáles son las excepciones a la inscripción

Existen dos casos en los cuales no tenés que llenar el formulario de inscripción:

Si sos electrodependiente no tenés que completar el trámite para solicitar el subsidio de la electricidad, pero sí debés hacerlo para solicitar el de gas. Para conocer más sobre el Registro de Electrodependientes, ingresá a esta página.

Si en tu domicilio funciona una entidad de bien público no te corresponde hacer el trámite. Podés solicitar la tarifa diferencial para entidades.

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Fuente: Télam