Este lunes será el feriado por el Día del Empleado de Comercio
Esta jornada es considerada feriado para los trabajadores del sector, según lo estipulado por la Ley 26.541
El Día del Empleado de Comercio se celebra cada 26 septiembre y representa una fecha equiparable a un feriado para todos los trabajadores de este sector. Sin embargo, este año se decidió pasar el asueto para este lunes 30. La jornada quedó establecida a través de la ley 26.541, sancionada el 10 diciembre de 2009, en cuyo artículo segundo está escrito que "en dicho día los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales".
Originalmente la efeméride dispuesta remite al día de 1934 en el que se establecieron las relaciones de trabajo del sector con la sanción de la Ley N°11.729, durante la presidencia de Agustín Pedro Justo. Esta legislación, posible gracias a la presión de la por entonces llamada Federación Argentina de Empleados de Comercios, instauró, entre otros derechos laborales, la indemnización por despido y la licencia frente a enfermedades y accidentes entre los trabajadores mercantiles.
Según detallan desde la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys), este feriado alcanza únicamente a aquellos trabajadores que se desempeñen como empleados u obreros en cualquiera de las ramas del comercio o en actividades civiles con fines de lucro o como administrativos en explotaciones industriales en general.
En esta jornada, los siguientes establecimientos podrían permanecer cerrados en todo el país:
- Supermercados
- Shoppings
- Centros comerciales
- Tiendas de ropa
- Calzado
- Electrodomésticos
- Kioscos
- Librerías
- Almacenes
- Carnicerías
- Verdulerías
Derechos de los trabajadores en el Día del Empleado de Comercio
- Descanso obligatorio: la ley asimila el Día del Empleado de Comercio a un feriado nacional, otorgando a los trabajadores la posibilidad de tomarse el día libre sin recibir sanciones.
- Pago doble: en caso de que un empleado decida trabajar, la ley estipula que deberá percibir el doble de su salario diario.