El domingo 22 de octubre se desarrollarán las elecciones generales 2023 en Argentina, para elegir la nueva fórmula presidencial, parlamentarios del Parlasur, diputados y senadores del Congreso de la Nación.

Quienes no hayan votado y no justifiquen su ausencia ante la Justicia Electoral Nacional hasta el 21 de diciembre, deberán pagar una multa o afrontar sanciones como la imposibilidad de realizar determinados trámites, a menos que integren los grupos exceptuados. Sin embargo, en caso de haber balotaje o segunda vuelta sí podrán participar. Esta será el 19 de noviembre.

¿En qué caso habrá balotaje?

Se trata de una instancia garantizada en la Constitución Nacional, pero que tiene su origen en Francia. Como señala el abogado constitucionalista Daniel Sabsay en un artículo titulado “El sistema de doble vuelta ballottage y publicado por la Univerisdad de Bueno Aires (UBA): “El ballottage es fruto y creación del siglo XIX. Apareció por primera vez en 1852 a raíz de la instauración del Segundo Imperio de Napoleón III en Francia”. Su nombre deriva de la palabra francesa ballotte, o pelotita, ya que las elecciones del país europeo se realizaban por entonces con bolitas de distintos colores.

Como indica el nombre de segunda vuelta, el balotaje (versión castellanizada del nombre) se realiza cuando la primera vuelta de los comicios no arroja un ganador. En la Argentina, la Constitución garantiza en sus artículos 97 y 98 que para que un candidato se imponga en primera vuelta debe sumar el 45 por ciento de los votos totales u obtener al menos el 40 por ciento y superar al contrincante más cercano por más de 10 puntos porcentuales de diferencia. En caso contrario, el escenario es de un ballottage entre los dos primeros candidatos. Cabe recordar que estas reglas no existen durante la instancia de segunda vuelta, donde una mayoría simple —“de un solo voto”, como se suele decir— garantiza la victoria.

La segunda vuelta se introdujo en la Argentina en 1972, durante el gobierno de facto general Alejandro Agustín Lanusse.

Pero desde la vuelta de la democracia a nuestro país, en 1983, solo dos elecciones terminaron en segunda vuelta: en 2003, los candidatos Néstor Kirchner y Carlos Menem accedieron a esta instancia, que nunca llegó a realizarse porque el entonces expresidente se bajó del ballottage; en 2015, ya con las elecciones PASO instituidas, Mauricio Macri y Daniel Scioli llegaron a una segunda vuelta que se definió en favor del primero por 51,34 por ciento a 48,66.

Elecciones 2023: Qué es el ballottage y en qué casos se realiza

¿Puedo votar en el balotaje si no voté en las elecciones generales?

Si un elector no participó de los comicios generales del 22 de octubre, y los resultados arrojan que habrá segunda vuelta, sí podrá votar en el balotaje, ya que se trata de un derecho y de una obligación. Sin embargo, deberá justificar su ausencia en los comicios del 22 de octubre antes del 21 de diciembre.

¿Cómo justificar la no emisión del voto en las elecciones 2023 del 22 de octubre?

Quienes no voten deberán pagar una multa o afrontar sanciones como la imposibilidad de realizar determinados trámites, a menos que integren los grupos exceptuados. De no poder asistir a las urnas ese día, deberán justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral. Dentro de los próximos 60 días recibirán la multa correspondiente, la cual podría escalar.

Según informa la Dirección Nacional Electoral, las personas entre 18 y 70 años que no voten y no justifiquen su ausencia a los comicios ante la Justicia Nacional Electoral recibirán una sanción económica y serán incorporados al Registro de Infractores al deber de votar. Cabe señalar que el 21 de diciembre vence el plazo para justificar el no voto ante la Justicia.

Además, la persona no podrá ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.