El Gobierno Nacional oficializó la convocatoria a sesiones extraordinarias que rige desde hoy hasta fines de enero para tratar el anticipado proyecto de ley “ómnibus” que incluye la reversión del impuesto a las Ganancias, la Boleta Única de Papel, los cambios en la movilidad jubilatoria y otras reformas impositivas.

En efecto, a través del Decreto 76/2023, publicado esta madrugada en el Boletín Oficial, se estableció que el Honorable Congreso de la Nación sesionará “desde el 26 de diciembre de 2023 hasta el 31 de enero de 2024″.

 

El artículo 2° del texto incluye el temario que se abordará durante el próximo mes:

1- Proyecto de Ley de reforma de las funciones del Estado.

2- Proyecto de Ley modificatorio de su similar N° 19.945 respecto de establecer la Boleta Única de Papel (Exp. Senado 4-CD-22).

3- Proyecto de “Ley de Impuestos a Ingresos Personales

4- Proyecto de Ley por el cual se solicita autorización para que el señor Presidente de la Nación pueda ausentarse del país durante el año 2024, cuando razones de gobierno lo requieran.

5- Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Convenio entre la República Argentina y Japón para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y la Prevención de la Evasión y la Elusión Fiscal, suscripto en la Ciudad de Osaka, Japón, el 27 de junio de 2019 (Msje. 230/19).

6- Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Convenio entre la República Argentina y el Gran Ducado de Luxemburgo para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y la Prevención de la Evasión y Elusión Fiscal, suscripto en la Ciudad de Washington, Estados Unidos de América, el 13 de abril de 2019 (Msje. 120/19).

7- Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Acuerdo entre la República Argentina y la República Popular China para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y la Prevención de la Evasión y Elusión Fiscal y su Protocolo, suscriptos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 2 de diciembre de 2018 (Msje. 99/19).

8- Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre la República Argentina y los Emiratos Árabes Unidos, suscripto en la ciudad de Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos, el 16 de abril de 2018 (Msje. 133/19).

9- Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Acuerdo entre la República Argentina y la República de Turquía para Evitar la Doble Imposición en Materia de Tributos sobre la Renta y para Prevenir la Evasión y la Elusión Fiscal y su Protocolo, suscriptos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 1° de diciembre de 2018 (Msje. 98/19).

10- Consideración de Tratados, Convenios y Acuerdos Internacionales.

11- Consideración de Acuerdos para designaciones y promociones, y su retiro.

Foto de archivo del presidente de Argentina, Javier Milei.

Más allá del temario presentado mediante el Boletín Oficial, según informó Agencia Télam no se descarta que en la letra fina de las iniciativas a tratar desde este martes en el Congreso, el Ejecutivo incluya también un proyecto para eliminar la instancia de las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) que rige en la actualidad.

En tanto, comenzaron a surgir desde algunos sectores del Parlamento dudas acerca de la consideración en este período extraordinario del DNU 70/2023 que desregula distintos aspectos de la economía, y modifica y elimina distintas leyes. Es que ese tema no fue incluido en la convocatoria a sesiones extraordinarias convocada por el presidente Milei en el Decreto que lleva su firma y la del jefe de Gabinete, Nicolás Posse.

Por qué se demora el tratamiento del DNU

El DNU de Milei fue publicado en el Boletín Oficial el jueves pasado y comenzará a regir 8 días más tarde, el 29 de diciembre. Según la Constitución, dentro de un plazo de 10 días desde su “dictado” debe ser puesto a consideración de la Bicameral de Trámite Legislativo, que tiene otros 10 días para emitir un dictamen sobre su validez o invalidez.

El dictamen debe ser tratado tanto en el recinto del Senado como en el de Diputados: solo si las dos cámaras lo rechazan, el DNU es derogado. Cualquier otro escenario supone que el decreto sigue rigiendo. Primero debe conformarse la bicameral, que como tal está integrado por legisladores de las dos cámaras: 8 senadores y 8 diputados. La mayoría para el quorum y para dictamen, vale aclarar, se consigue con 9 miembros. Se espera que quede conformada en los próximos días.

De los 8 senadores: 1 será de La Libertad Avanza (Juan Carlos Pagotto); 1 de la UCR (Victor Zimmermann); 1 del PRO (Luis Juez); 1 de Cambio Federal (Juan Carlos Romero); 1 por Unidad Federal (Carlos Camau Espínola) y para Unión por la Patria quedarían 3. De los 8 diputados: 2 serán de LLA (Oscar Zago y Lisandro Almirón), 1 del PRO (Hernán Lombardi); 1 de la UCR (Francisco Monti); 1 Cambio Federal y aliados (Nicolás Massot) y 3 de UxP (no se habían informado los nombres). En ambas cámaras, Unión por la Patria reclama un lugar más del que fue acordado.

En resumen, del total de los 16 integrantes: UxP tendrá 6 miembros; LLA tendrá 3; los bloques federales que responden a gobernadores 3; el PRO 2 y la UCR 2. La Libertad Avanza, obviamente, y el PRO, pese a las fisuras internas, ya tiene decidido avalar el decreto. Unión por la Patria cuestionó de plano tanto el uso del DNU como su contenido; la UCR y los bloques federales, en cambio, cuestionaron muy duramente el instrumento, pero no tanto el contenido.

Es decir, con el peronismo K determinado a rechazarlo, una duda está hoy en qué podrían hacer los 2 radicales y los 3 federales. Y, según señalaron legisladores de los dos sectores, pese a las críticas públicas, será difícil eventualmente sumarse a una votación con el kirchnerismo para voltear una decisión del gobierno, a menos de un mes de su asunción y en un contexto delicado.