¿Cuándo comienza la veda electoral por las PASO 2023?
El próximo domingo 13 de agosto se llevarán a cabo las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en todo el país para elegir los candidatos a presidente para las elecciones generales de octubre, por lo que habrá veda electoral
El próximo domingo 13 de agosto se llevarán a cabo las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en todo el país para elegir los candidatos a presidente para las elecciones generales de octubre, por lo que habrá veda electoral.
La veda electoral por las PASO 2023 comenzará a las 8 de la mañana del viernes 11 de agosto. A partir de ese momento se prohibirá el reparto de boletas y las actividades proselitistas, entre otras actividades.
Desde entonces y hasta las 21 del domingo 13 de agosto, tres horas después de la finalización de los comicios, hay una serie de actividades que quedan prohibidas.
Así, la veda electoral durará todo el fin de semana (viernes y sábado incluido), y se levantará a las 21 horas del domingo 13 de agosto, tres horas después de que hayan cerrado los centros de votación por las PASO.
PASO 2023: lo que está prohibido en la veda
- Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
- La venta de bebidas alcohólicas (prohibida desde las 20 horas del sábado hasta las 21 del domingo).
- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
- Prohibición de portar armas.
- Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.
PASO 2023: ¿se pueden celebrar cumpleaños durante la veda electoral?
Durante la veda electoral no se pueden celebrar cumpleaños ya que se encuentra prohibído las reuniones públicas de cualquier tipo (salvo las realizadas por cuestiones electorales).
PASO 2023: qué pasa si no cumplo con la veda electoral
Las personas que no respeten la veda electoral podrán ser denunciadas y sancionadas si se comprueba que efectivamente violaron el Código Electoral.
El artículo 140 del Código Electoral pena a quien con engaños u otras artimañas "indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo" con penas de dos meses a dos años de prisión.
En tanto, para quien viole el secreto del sufragio, el artículo 141 prevé un castigo de tres años de prisión.
Además, para quienes incurrieran en la publicación de avisos publicitarios en medios de comunicación se le aplicarán multas que oscilan entre los $10.000 y $100.000. La misma sanción le cabería a quienes realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.
Para los candidatos que no cumplan la veda, el castigo será perder el derecho a recibir cualquier tipo de financiamiento por un plazo que varía de uno a cuatro años.
A tener en cuenta que el Tribunal Electoral o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente.