El Ministerio de Seguridad, bajo la dirección de Patricia Bullrich, ha reglamentado el uso de armas no letales por parte de las fuerzas de seguridad a través de la Resolución 2024-704, publicada en el Boletín Oficial. Esta medida permite el uso de estas herramientas en situaciones donde el uso de un arma letal exceda la necesidad de la amenaza o pueda generar un riesgo de vida.

Según informó la cartera de Seguridad, los funcionarios de las fuerzas utilizarán este armamento siempre que lo tengan provisto y cumplan los requisitos establecidos. Las armas no letales se emplearán en circunstancias en las que el uso de un arma letal pueda poner en riesgo la vida o causar lesiones a terceros. Pa

ra asegurar el correcto uso de estas herramientas, los miembros de las fuerzas recibirán una capacitación obligatoria impartida por la Dirección Nacional de Formación y Desarrollo Profesional de la Secretaría de Seguridad.

Además, la normativa establece que, ante la necesaria utilización de armas no letales, los funcionarios de las fuerzas policiales deberán identificarse a viva voz, advirtiendo su intervención inmediata. Esta identificación deberá realizarse, salvo que la misma pueda suponer un riesgo de muerte o lesiones para terceras personas, para el agresor, o para el personal de seguridad.

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