La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para la recategorización del Monotributo. El plazo original de este semestre era el 20 de julio de 2024. Sin embargo, con la publicación de la Resolución General 5523, la nueva fecha límite se extendió hasta el 2 de agosto de 2024. Esta prórroga otorga a los contribuyentes más tiempo para evaluar sus ingresos y realizar el trámite correspondiente.

La extensión se lleva a cabo en el marco de la ley 27.743, también conocida como “paquete fiscal”, que incluye una serie de medidas fiscales paliativas y relevantes.

La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses, en los meses de julio y enero, para determinar si, de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses, les corresponde cambiar de categoría. Si los ingresos, la superficie afectada a la actividad, la energía eléctrica consumida o los alquileres devengados han cambiado, es posible que el contribuyente deba pasar a una categoría diferente. En caso de mantener la misma categoría, no es necesario realizar ningún trámite adicional.

Cómo se hace la recategorización

Los monotributistas deben seguir los siguientes pasos para recategorizarse:

  • Acceder al Portal Monotributo: Ingresar al sitio web de la AFIP con la Clave Fiscal.
  • Ingresar a la opción recategorización: Detallar el monto facturado en los últimos 12 meses.
  • Imprimir la nueva credencial de pago: Una vez realizada la recategorización, la nueva credencial de pago estará disponible para su impresión.
  • Pago de la nueva categoría: El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará el mes siguiente a la recategorización, no en el momento de realizarla.

Cómo son las escalas del monotributo y cuánto se paga

Con la ley 27.743, los montos máximos de facturación para todas las categorías han sido ampliados, permitiendo que más monotributistas permanezcan en los niveles actuales sin pasar al régimen general. Las nuevas escalas del Monotributo son las siguientes:

  • Categoría A: pasó de $2.108.288,01 a $6.450.000 (alza de 206%)
  • Categoría B: pasó de $3.133.941,63 a $9.450.000 (202%)
  • Categoría C: pasó de $4.387.518,23 a $13.250.000 (202%)
  • Categoría D: pasó de $5.449.094,55 a $16.450.000 (202%)
  • Categoría E: pasó de $6.416.528,72 a $19.350.000 (202%)
  • Categoría F: pasó de $8.020.660,90 a $24.250.000 (202%)
  • Categoría G: pasó de $9.624.793,05 a $29.000.000 (201%)
  • Categoría H: pasó de $11.916.410,45 a $44.000.000 (269%)
  • Categoría I: pasó de $13.337.213,22 a $49.250.000 (269%)
  • Categoría J: pasó de $15.285.088,04 a $56.400.000 (269%)
  • Categoría K: pasó de $16.957.968,71 a $68.000.000 (301%)