El Gobierno modificó el cronograma de pagos del SAC a estatales

Los primeros en pasar por cajeros automáticos serán los trabajadores del Siprosa, IPVDU, SAT, IPSST, entre otras áreas
viernes 15 de diciembre de 2023
El Gobierno modificó el cronograma de pagos del SAC a estatales
El Gobierno modificó el cronograma de pagos del SAC a estatales

Los trabajadores estatales de la provincia de Tucumán cobrarán la segunda parte del aguinaldo o Salario Anual Complementario (SAC) días antes de la Navidad.

El Gobierno publicó el cronograma de pago para los tucumanos y accederán al extra correspondiente.

La Tesorería General de la Provincia, que depende de la Secretaría de Hacienda, informa el cronograma de pagos del 2° Sueldo Anual Complementario para la administración pública provincial.             

Martes 19 de diciembre 

- SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD (SI.PRO.SA.)

- INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA

- SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMÁN

- INSTITUTO DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE TUCUMÁN

- ESTACIÓN EXPERIMENTAL OBISPO COLOMBRES

Miércoles 20 de diciembre

- SEGURIDAD (Dpto. Gral. de Policía - Direc. Gral. de Institutos Penales)

- EDUCACIÓN ESTABLEC. PROVINCIALES - (Esc. Provinciales.-Rep.18 - Esc. Sec. Transferidas. Rep.25 -Esc. Sec. Tranf. Rep. 26 Esc. Sec Transf. Rep. 27

- TRIBUNAL DE CUENTAS

-TRIBUNAL FISCAL DE APELACIÓN

Jueves 21 de diciembre

- EDUCACIÓN ESTABLEC. PROVINCIALES -(Esc. Provinciales.-Rep.18 - Esc. Sec. Transferidas. Rep.25 - Esc. Sec. Tranf. Rep 26 Esc. Sec Transf. Rep. 27

- COMUNAS RURALES

- ADMINISTRACIÓN CENTRAL 

- DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Viernes 22 de diciembre

- DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD (D.P.V.)

- DIRECCIÓN RECURSOS HÍDRICOS

- ENTE AUTÁRQUICO TUCUMÁN TURISMO 

- ENTE CULTURAL DE TUCUMÁN

- INSTITUTO PROVINCIAL ACCIÓN COOPERATIVA Y MUTUAL (I.P.A.C.Y.M.)

- SERVICIO PROVINCIAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (S.E.P.A.P.Y.S.)

- ENTE ÚNICO DE REG.DE SERVIC. PUB. PCIAL. (E.R.S.E.P.T.)

- INSTITUTO DESARROLLO PRODUCTIVO

- ENTE INFRAESTRUCTURA COMUNITARIA

- INST. PROMOCIÓN DEL AZÚCAR Y ALCOHOL

- ENTE AUTARQ. TEATRO MERCEDES SOSA

 - JUBILADOS FUERA DE CONVENIO

- RENTA VITALICIA-HEROES DE MALVINAS

- ASIGNACIONES Ex-EMPLEADOS TALLERES DE TAFÍ VIEJO

- EDUCACIÓN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS DE GESTIÓN PRIVADAS (Privados Primarios, Secundarios, Terciarios Transferidos)

 - INSTITUTO PROVINCIAL DE LUCHA CONTRA EL ALCOHOLISMO

- MUNICIPIOS DEL INTERIOR

Sábado 23 de diciembre

- PODER JUDICIAL (Ctro. Jud. Concepción-Ctro. Judicial Monteros- Corte Suprema de Just.-Just. Paz Legal)

- MINISTERIO PÚBLICO FISCAL 

- MINISTERIO PUPILAR Y DE LA DEFENSA

- PODER LEGISLATIVO

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

Según estipula la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), el aguinaldo deberá ser equivalente al 50% de la mayor remuneración percibida durante los últimos seis meses.

Por lo tanto, deberá tomar en cuenta los salarios entre junio y diciembre, incluido el básico, las horas extras y otros adicionales.

En caso el trabajador haya prestado servicios por menos de un semestre, el extra se calculará de la siguiente manera: el aguinaldo por los días trabajados y dividido entre los días del semestre.