Oficializaron el aumento para las empleadas domésticas: cómo quedan las nuevas escalas
El incremento acordado es del 2,6% y los trabajadores de casas particulares lo percibirán en dos tramos correspondientes a diciembre y enero
Luego de que la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares acordara un nuevo incremento en el salario de las empleadas domésticas, el aumento entró en vigencia esta madrugada al ser publicado en el Boletín Oficial. De esta manera, el monto mínimo tendrá un diferencial del 1,2%, con respecto al total percibido en enero de 2025.
Para las empleadas domésticas que cobran de manera mensual, la recomposición salarial correspondiente a diciembre se realizará sobre la base de los salarios pagados en octubre y el de enero de las escalas vigentes al último mes del 2024. Pero, al ser retroactivo deberá liquidarse todo junto en el próximo pago de haberes, es decir, en febrero.
El aumento fue oficializado por medio de la publicación de la Resolución 1/2025, la cual contó con la aprobación del presidente de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, Roberto Picozzi. La medida no solo influirá en el sueldo a cobrar en febrero de este año, sino que tendrá un impacto nacional.
Aumento para empleadas domésticas: cómo quedan las nuevas escalas
De acuerdo con el aumento acumulativo del 1,3% que se acordó de manera retroactiva para diciembre, la hora y el mes trabajado deberá pagarse de la siguiente manera y tendrán como base los abonados en octubre de 2024:
- Supervisores con retiro: $3413 la hora y $425.769 el mes trabajado;
- Supervisores sin retiro: $3738 y $474.259;
- Personal para tareas específicas con retiro: $3231 y $395.563;
- Personal para tareas específicas sin retiro: $3542 y $440.329;
- Caseros: $3052 y $385.936;
- Asistencia y cuidado de personas con retiro: la hora $3052 y el mes trabajado $385.936;
- Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $3413 y $430.085;
- Personal para tareas generales con retiro: $2829 y $347.068;
- Personal para tareas generales sin retiro: $3052 y $385.936.
“Las adecuaciones salariales dispuestas por esta Resolución serán de aplicación en todo el territorio de la Nación“, remarcaron en el artículo 3° del documento, luego de que señalar que la suba en los salarios deberá ser calculada, teniendo en cuenta los montos que estuvieron vigentes en enero.
Después de que indicaran que la decisión nació como fruto de una reunión que la comisión mantuvo el pasado 30 de enero de 2025, informaron que la medida había sido aprobada por la Secretaría de Coordinación Legal y Administrativa del Ministerio de Capital Humano. Asimismo, resaltaron que la medida tenía como objetivo “mejorar las condiciones laborales establecidas”.
“Las representaciones sectoriales de trabajadores, empleadores y de los Ministerios y Secretarías integrantes de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES han acordado un incremento salarial, conforme los lineamientos que seguidamente se detallan”, detallaron en el considerando de la resolución, luego de destacar que el incremento se sumó a una escalada salarial que comenzó a aplicarse desde el año pasado.
En este sentido, las autoridades señalaron que los aumentos que fueron aplicados de manera escalonada correspondieron a un 1,3% oficializado en diciembre de 2024, por sobre los montos mínimos que rigieron en octubre de ese año.
Cuáles son las categorías de los trabajadores de casas particulares
Según las tareas realizadas, un trabajador de casa particular pertenece a una determinada categoría. Cada una de ellas, tiene asignada una remuneración mínima para la modalidad “con retiro” y “sin retiro”. También se especifica una remuneración “por hora” y otra “mensual”.
- Supervisor: Coordina y controla las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. Se encuentra en la primera categoría;
- Personal para tareas específicas: Cocineros contratados en forma exclusiva para desempeñar esa labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal. Forman parte de la segunda categoría;
- Caseros: Ubicados en la tercera categoría, abarca al personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda, donde habita debido a su actividad y por el contrato de trabajo;
- Asistencia y cuidado de personas: Comprende la asistencia y el cuidado no terapéutico de personas tales como, personas enfermas, con discapacidad, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores. Se encuentran en la cuarta categoría;
- Personal para tareas generales: Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Forman parte de la quinta categoría.