A partir de este viernes, todas las billeteras virtuales tendrán que pagarles a sus clientes por el dinero que dejan depositado en las cuentas aun cuando el usuario no invierta en ningún instrumento. Así, quienes tengan saldos a la vista percibirán una ganancia sin ningún riesgo.

Según dispuso el Banco Central, aquellas compañías que ofrecen el servicio de billeteras virtuales (Mercado Pago, Ualá, Personal Pay, entre otras), estarán obligadas a distribuir a sus clientes la rentabilidad que generen por sus depósitos en estas plataformas. La medida comprende, según estimaciones oficiales de la entidad, a depósitos que suman unos $121.000 millones en el país. Son los fondos que todos los usuarios de las fintech tienen depositados como saldos en estas herramientas.

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La regulación que ya estaba vigente obliga a las billeteras virtuales a depositar todos los saldos de sus clientes en una cuenta bancaria. Esa masa de dinero, que según el BCRA suma $121.000 millones, debe quedar encajada en los bancos al 100% “para preservarlos de contingencias y garantizar su disponibilidad, con la posibilidad de integrar el 45% de ese total en Bonos del Tesoro Nacional en pesos”, según afirmó la autoridad monetaria.

Golpe a billeteras virtuales: ¿qué pagarán a sus clientes?

Los títulos que se pueden suscribir con esos fondos generan un rendimiento que hasta ahora no era percibido por los clientes de las billeteras que son, finalmente, los dueños de ese dinero. Ahora, la totalidad de esa ganancia se tendrá que trasladar al cliente.

Dudas y diferencias con las obligaciones de los bancos

El breve texto de la Comunicación “A” 7825, publicada este jueves por el BCRA, afirma: “Establecer que la retribución que los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago (PSPCP) perciban por los saldos en pesos de las cuentas de depósito en las entidades financieras, en las que se depositen los fondos de sus clientes, deberá ser trasladada totalmente a esos clientes”.

La escueta normativa deja algunos interrogantes para su aplicación. Por un lado, no está claro qué porcentaje de los saldos a la vista en las billeteras virtuales fue efectivamente invertido en los bonos del Tesoro, ya que no había obligación de hacerlo. Por otra parte, la Comunicación tampoco establece cómo se calculará la rentabilidad por esos bonos ni cada cuánto será percibida por el cliente (podría ser un rendimiento diario, mensual, trimestral o en cualquier otro período).

La obligación de remunerar los saldos a la vista también rige para los bancos, pero cada entidad define cuánto paga a los clientes. Generalmente, las tasas por los depósitos minoristas en caja de ahorro -por ejemplo, en las cuentas sueldo- son exiguas.

Sucede que los bancos no están obligados a trasladar una remuneración concreta porque parte de su negocio de intermediación financiera consiste en obtener fondeo lo más barato posible, por ejemplo, a través de los saldos depositados y prestarlo a una tasa mayor, de modo tal de hacer una diferencia. En cambio, como las billeteras virtuales no están autorizadas a intermediar, el BCRA las obligará a trasladar toda la rentabilidad que obtengan al cliente final.