El Ministerio de Trabajo abre desde este miércoles y hasta el 31 de agosto la inscripción para las empresas comprendidas en el Programa de Reactivación Productiva II ( Repro II) para el período correspondiente a los salarios devengados durante este mes.

También abre este miércoles la inscripción para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos y por el mismo plazo que para el Repro II.

Cambios en Repro 2

En esta oportunidad, se modificaron algunas de las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto de las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio al Repro II.

Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) serán julio de 2019 y de 2021, pero no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.

Asimismo, el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia será julio último.

En tanto, el corte de actualización de bajas de nómina será hasta el 24 de agosto último; y el de CBU, hasta el 23 de agosto.

En el caso de los trabajadores independientes, deberán presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre julio último y el mes mismo mes de 2019.

Asimismo, el período de referencia de pagos a acreditar será para autónomos desde diciembre del año pasado hasta junio último; y para monotributistas, desde enero hasta julio de este año.

Qué es Repro 2

El Programa de Recuperación Productiva II ( Repro II) es una herramienta creada por el Gobierno nacional para sostener el empleo en el marco de la pandemia de coronavirus (Covid-19)

El programa que impulsa el Ministerio de Trabajo busca apoyar a los sectores más vulnerables durante la emergencia sanitaria y económica. En esta línea, se acredita a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social ( Anses) un monto en el CBU de los trabajadores de las empresas beneficiarias. 

Monto del Repro II

La suma que se acredita en el CBU de los trabajadores depende de la actividad de la empresa que solicite el beneficio. Los montos son:

  • Sectores no críticos: $9.000
  • Sectores críticos: $22.000
  • Sector salud: $22.000

Entre los sectores considerados “críticos” se incluyó:

  • Comercio de rubros no esenciales (indumentaria, textiles, cuero, calzado, electrónica, electrodomésticos, muebles y vehículos, entre otros)
  • Comercio de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación (por ejemplo, kioscos, panaderías, heladerías y estaciones de servicio)
  • Centros de compra localizados en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)

Repro para monotributistas

Las personas que sean monotributistas y autónomos también podrán inscribirse al programa y obtener un beneficio de hasta $22.000 por trabajadora o trabajador independiente. 

El requisito es no tener empleados en relación de dependencia o tener hasta 5 empleados en los siguientes sectores: 

  • Gastronomía
  • Turismo
  • Transporte
  • Industrias culturales
  • Actividades deportivas y de esparcimiento
  • Comercio de rubros no esenciales y de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación
  • Peluquerías y centros de belleza

Cuándo se cobra el Repro 2

Las fechas de cobro del Repro 2 son informadas por la Anses, organismo que dirige Fernanda Raverta. 

Los beneficiarios del programa suelen percibir los montos durante la segunda semana del mes. Este mes, el Repro se cobró el 10 de agosto.

fuente: BAE