Compras online en el exterior: 5 cosas que hay que saber

A través de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, la AFIP endureció los controles para evitar maniobras que burlaban los límites establecidos.
viernes 13 de mayo de 2022
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó las condiciones para realizar compras en el exterior a través del sistema de pequeños envíos.

Se trata de una de las dos vías que habilita el organismo para compras online, el que se hace a través de couriers o correos privados, el otro es el de puerta a puerta.

La operatoria no se detiene por los cambios, sino que ahora estará sujeta a más controles para evitar maniobras que habían logrado burlar el espíritu de la norma y que consistía en tratar de dar curso a pequeñas compras sin pasar por el escrutinio de las grandes importaciones.

¿Cómo funciona el sistema de pequeños envíos?

El sistema permite adquirir productos en el extranjero y recibirlos en casa a través del servicio de Courier Internacional.

¿Qué se puede comprar por el sistema de pequeños envíos?

Comestibles, prendas, juguetes, productos tecnológicos, objetos de decoración, etc., siempre que se trate de:

- mercadería para uso personal y no comercial;

- envíos de hasta 50 kilos de peso;

- operaciones que no superen los USD 3.000.- de importe final.

¿A quién está dirigido?

A cualquier persona interesada.

¿Qué se necesita?

- Medios de pago autorizados para efectuar compras en el exterior (tarjeta de crédito, adhesión a sistema PayPal, DineroMail, Western Union, etc.).

- CUIT.

- Clave fiscal de AFIP con nivel de seguridad 3, como mínimo.

¿Cómo se hace?

1. Realizar la compra y aguardar en el domicilio a que el Courier Internacional lleve el envío.

2. Abonar al Courier Internacional los gastos de envío, más la franquicia correspondiente.

3. Entrar al sitio web de AFIP con CUIT y Clave Fiscal para notificar que la mercadería fue recibida. Hay 30 días corridos para hacerlo. Si no se cumple con este paso, la AFIP no permitirá recibir nuevos envíos hasta tanto se subsane o justifiques esta situación.

¿Qué cambió?

La Dirección General de Aduanas modificó la normativa vigente para especificar que las compras por este régimen, de hasta 50 kg, no podrán superar los 3.000 dólares por vuelo por destinatario La medida se anunció a través de la Resolución General 5190/2022, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

Se realizaron pequeños cambios en el formulario de solicitud de importación que deben completar los prestadores de servicios postales (conocidos como PSP o Courier) antes de cada operación.

Además, se aclaró que a partir de ahora “el límite establecido para un mismo destinatario, fijado en 3000 dólares, 50 kilos y 3 unidades iguales de la misma especie, regirá para cada vuelo”.

A través de un comunicado, la AFIP explicó que de esta manera se pretende “evitar que los operadores dividan sus encargos en un mismo vuelo para que cada envío no supere los 3000 dólares y de esta manera excedan el monto máximo establecido”.

El Gobierno pone más controles a las compras en el exterior

En este sentido, el organismo recaudador sostuvo que los cambios “buscan mantener las buenas prácticas del comercio exterior y proteger a los operadores del comercio exterior que cumplen las normas”.

Según la normativa vigente, el régimen de pequeños envíos personales, sin fines comerciales, establece que se pueden realizar hasta 5 de estos pedidos internacionales por año, en tanto que si tiene un fin comercial no hay un límite en ese sentido.

Así las cosas, las AFIP aclaró mediante esta Resolución General que los pedidos que ingresen a la Argentina a través del Régimen de Importación, mediante los Servicios Postales PSP/Courier, y sean destinados a personas humanas o jurídicas, tendrán que estar “conformados por hasta tres unidades de la misma especie y que no presuman finalidad comercial, donde el peso total del envío sea de hasta 50 kg y el valor FOB de las mercaderías consignadas a un mismo destinatario no excedan los USD 3.000) por vuelo”.

Asimismo, se remarcó que estos prestadores podrán efectuar la solicitud de importación o de exportación para consumo en forma simplificada siempre que “el valor FOB de las mercaderías consignadas a un mismo destinatario no excedan los USD 3.000 por vuelo y el peso total del envío sea de hasta 50 kg”.