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26 de mayo de 2022
Este martes las personas se acercaron a la delegación local para tratar de completar el trámite para acceder al bono de $18.000 que otorgará el organismo
Actualidad 10 de mayo de 2022La imposibilidad, por diferentes motivos, de hacer el trámite de manera online; el recurrente bloqueo de la clave de seguridad para utilizar la página de la Anses, saturada de usuarios en los últimos días; el aviso dado por el organismo a muchas personas sobre la necesidad de acercarse a una oficina de forma presencial para completar datos o documentación antes de continuar el trámite, y la búsqueda de una explicación ante el rechazo a la solicitud de cobro del bono de $18.000, son los principales motivos por los que este martes se formaron nuevamente larguísimas colas en busca de atención en las oficinas del organismo de la seguridad social.
Además partir del 9 de mayo de 2022, comienzó el pago del bono de Refuerzo de Ingresos de $12.000 que confirmó el Gobierno nacional. Los jubilados y pensionados cuyos haberes no superen los $36.676 empezarán a cobrar junto con su liquidación mensual de haberes, informaron desde ANSES.
*Ser trabajador informal, con ingresos que no superen los $77.880 mensuales (un requisito que, en la práctica, es difícil de verificar por parte del Estado, por tratarse del segmento no registrado de la economía).
*Estar desocupado.
*Ser monotributista social de las categorías A o B (que se corresponden con con tener ingresos anuales de hasta $693.002,36).
*Trabajar en servicio doméstico, sin importar si existe o no registro de la relación laboral.
*Ser trabajador formal dependiente y estar en el período de “reserva de puesto”. Esto se refiere a situaciones en las cuales, por cuestiones de enfermedad y una vez vencido el plazo en el cual el empleador debe seguir abonando la remuneración, un empleado mantiene el derecho a volver a su puesto, aun cuando mientras tanto no pueda desarrollar sus tareas. Con el de las empleadas de servicio doméstico, esos dos son los únicos casos en que personas con un trabajo en blanco bajo relación de dependencia podrían acceder al dinero.
En cualquier otra situación, ser asalariado formal es una incompatibilidad (un monoributista de la categoría A que, a la vez, tiene un empleo bajo relación de dependencia, no accede).
El bono, según el anuncio oficial, sí es compatible con la percepción de los planes Progresar o Potenciar Trabajo y de programas alimentarios provinciales y municipales; también con la prestación por desempleo y con el hecho de estar inscripto en el Registro Nacional de Trabajadores de la Economía Popular. Tampoco hay incompatibilidad con el cobro de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo para Protección Social.
*Ser argentino nativo o naturalizado, o extranjero con residencia legal no menor a dos años.
*Tener entre 18 y 64 años.
*No cobrar jubilación ni pensión (contributiva o no contributiva). Según lo establecido por el decreto 215, los jubilados y pensionados con ingresos de hasta $65.260,80 percibirán con sus haberes de mayo un bono de $12.000, en tanto que a quienes cobran entre la mencionada cifra y $77.260,80 se les depositará un adicional de hasta $12.000, que será de un monto tal que se completen esos $77.260,80.
*No contar con un plan de salud contratado en una entidad prepaga.
*En el caso de personas de entre 18 y 24 años, podrán acceder si el grupo familiar que integran tiene un ingreso no superior a tres veces el salario mínimo. Eso es equivalente a $116.820 mensuales. Es decir, más allá de la situación individual del solicitante, en esos casos se cruzan datos para ver lo que perciben sus padres.
*Sufrir vulnerabilidad económica y patrimonial. Esto, según la reglamentación de la medida, significa en la práctica que las siguientes situaciones son causa de rechazo por parte de la Anses a la solicitud del ingreso:
-Percibir ingresos mensuales superiores a $77.880 (dos veces el salario mínimo, vital y móvil).
-Haber tenido consumos mensuales con tarjeta de crédito o de débito mayores a $77.880 mensuales.
-Ser propietario de un automóvil con valuación fiscal superior a $1.401.840 (los valores están publicados en la página de la AFIP y son los utilizados para la declaración de Bienes Personales).
-Ser propietario de más de un automóvil.
-Ser propietario de un automóvil de menos de un año de antigüedad.
-Ser propietario de más de una vivienda.
-Ser propietario de una aeronave.
-Ser propietario de una embarcación de más de 9 metros de eslora.
-Haber declarado por el impuesto a los Bienes Personales un patrimonio superior a $3.738.240.
Para determinar si hay una razón de rechazo, desde la Anses se cruzan datos -según define la normativa- con la AFIP, el Banco Central, la Dirección Nacional de Migraciones, la Superintendencia de Salud y el Ministerio de Salud.
El subsidio se cobrará en dos cuotas, de $9000 cada una. El pago de la primera comenzará el próximo jueves 19 de mayo y se extenderá hasta el 2 de junio.
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