Veda electoral: ¿hasta qué hora se puede comprar bebidas alcohólicas?

Por la votación del domingo, algunas actividades están restringidas
sábado 10 de junio de 2023
Desde cuándo no se puede vender alcohol
Desde cuándo no se puede vender alcohol

Este viernes a las 8 comenzó a regir la veda electoral, un período establecido en el cronograma de la Cámara Nacional Electoral (CNE) que dispone de una serie de restricciones para algunas actividades. Sin embargo, la venta de alcohol se prohibirá desde las 20 del sábado.

El secretario de Seguridad, Luis Ibáñez, adelantó que realizarán un operativo conjunto entre la Policía y el IPLA. "La veda comienza el día sábado 10 junio a horas 20, hasta ese horario los locales comerciales podrán vender bebidas con alcohol y se realizará un acompañamiento al personal de IPLA para controlar el cierre de los locales gastronómicos y otros negocios que estarán abiertos hasta horas 12, pero sin expendio de bebidas con alcohol", resaltó.

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Toda actividad comercial, gastronómica o de recreación no podrá extenderse durante la madrugada del domingo. A las 0, las persianas deberán cerrarse y dar por concluida la jornada laboral.

¿Cuándo se puede volver a comprar alcohol?

La restricción, junto a las demás prohibiciones por la veda electoral, se levantará a las 21 del domingo.

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Entre las actividades reguladas en la previa de los comicios se encuentra el expendio de alcohol.

¿Qué no se puede hacer durante la veda electoral?

  • Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
  • Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
  • La venta de bebidas alcohólicas (prohibida desde las 20 horas del sábado hasta las 21 del domingo).
  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
  • Prohibición de portar armas.
  • Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.
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¿Qué pasa si no se cumple la veda electoral?

Las personas que no respeten la veda electoral podrán denunciadas y sancionadas si se comprueba que efectivamente violaron el Código Electoral tendrán una condena.

En el artículo 131 de esta norma también reprime con la misma pena de 15 días a 6 meses de prisión al “empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto” de prohibición por la autoridad electoral.

Las penas para los que intenten que alguien vote de cierta forma o se abstenga de hacerlo son más graves: de 2 meses a 2 años de cárcel. Mientras para aquellos que intentan violar el secreto del sufragio tiene una pena de 3 años.