Condenaron a los acusados por el femicidio de Lucía Pérez

Matías Farías fue encontrado autor del crimen de la joven el 8 de octubre de 2016 y Juan Pablo Offidani fue declarado partícipe secundario por el asesinato.
viernes 24 de marzo de 2023
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El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°2 de Mar del Plata condenó a Matías Farías a prisión perpetua y a Juan Pablo Offidani a 15 años de prisión por haber asesinado y abusado sexualmente de Lucía Pérez el 8 de octubre de 2016 en la ciudad costera.


Matías Farías, de 29 años, fue encontrado culpable como autor de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida, por el suministro de estupefacientes y en el marco de un contexto de violencia de género, en concurso ideal con femicidio”.

Offidani, de 48, recibió ocho años de prisión por haber sido señalado como partícipe secundario del femicidio. Esos ocho años se le suman a los siete que estuvo detenido en la cárcel de Batán, por lo que la condena final es de 15 años de prisión.

Tanto Farías como Offidani recibieron el veredicto en las cárceles donde están detenidos -el primero en Florencio Varlea y el segundo en Batán-, condenados en 2018 por comercialización de estupefacientes en el marco de la misma causa.

Marta Montero y Guillermo Pérez, padres de Lucía Pérez, escucharon el veredicto dentro de la sala de audiencias. Juntos habían avanzado con su lucha para que se anulara aquel primer juicio e insistían con esta nueva oportunidad para que “haya justicia”.

Esta lectura de lo resuelto por el Tribunal Oral en lo Criminal N°2, que integran Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone, sufrió postergación de casi diez días debido a la participación que el presidente de la Nación, Alberto Fernández, tuvo con opiniones sobre la causa.

La familia realizó una concentración en la previa a escuchar el veredicto del fallo. foto: TN).
La familia realizó una concentración en la previa a escuchar el veredicto del fallo. foto: TN).

Tanto la acusación del fiscal como la de los representantes de la familia de la menor coincidieron en que Farías debía ser condenado a prisión perpetua en calidad de autor, mientras que Offidani había sido acusado por el fiscal Leandro Arévalo de actuar como “partícipe secundario” y la condena pedida era de 20 años de prisión. Por su parte, las respectivas defensas habían pedido la absolución.

Por qué el caso tuvo que ser juzgado dos veces

Femicidio de Lucía Pérez: este jueves se conoce el veredicto

La muerte de Lucía ocurrió en la mañana del 8 de octubre de 2016. De acuerdo con la hipótesis del Ministerio Público Fiscal que lleva adelante la acusación, la adolescente había conocido a Farí­as y Offidani un día antes, cuando ellos se acercaron a través de una amiga de la Escuela Media 3 para venderle un cigarrillo de marihuana.

Al día siguiente, Farías la citó en su casa de la calle Racedo al 4800, en la zona sur de la ciudad, donde habría sido drogada y abusada. Después, la dejaron abandonada y ya sin vida en el hospital de Playa Serena.

El primer fiscal que llevó adelante la causa había pedido perpetua para Offidani y Farías por haber llevado a Lucía hasta una casa donde abusaron sexualmente de ella. Sin embargo, en ese entonces los condenaron solo por la venta de estupefacientes.

Decenas de personas se reunieron en la puerta de Tribunales de Mar del Plata para pedir Justicia por el femicidio de Luc
Decenas de personas se reunieron en la puerta de Tribunales de Mar del Plata para pedir Justicia por el femicidio de Lucía Pérez. 

 
Un posterior fallo de Casación cuestionó con dureza la tarea de los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°1: “El Tribunal, inexplicablemente, se enfoca a indagar en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de la víctima, su forma de relacionarse con los hombres, su vida social, su carácter, y en distinguir la conducta de los imputados, y a partir de allí, considerar si Lucía había consentido el acceso carnal”.

“El Tribunal se basó en prejuicios de sexo, guiando su razonamiento con base en estereotipos e ideas preconcebidas. Se infirió el eventual consentimiento, aludiendo a la personalidad de la víctima, a la poca diferencia de edad con el agresor y a su pasado sexual. Estos estereotipos son meras afirmaciones dogmáticas desprovistas de sustento fáctico que descalifican al decisorio como acto jurisdiccional válido”, remarcaron los jueces.

Por ese motivo, hoy se está transitando un nuevo juicio, ya que Casación anuló ese fallo y pidió que se celebre un segundo debate que incluya la perspectiva de género. A su vez, los tres jueces que condenaron a los acusados solo por venta de droga irán a un jury de enjuiciamiento y podrían ser destituidos.