Nueva moratoria previsional para jubilados: cuándo entra en vigencia

Aunque la ley todavía no fue reglamentada, ya se conocen los requisitos para acceder al plan de pagos y la fórmula que se utilizará para calcular las cuotas
lunes 06 de marzo de 2023
Aún no está en vigencia ya que es necesaria la reglamentación para que pueda funcionar.
Aún no está en vigencia ya que es necesaria la reglamentación para que pueda funcionar.

Según una estimación de Anses, hay 437 mil mujeres y 298 mil hombres en todo el país que ya cumplieron la edad jubilatoria y hoy no llegan a los 30 años de aportes. Todos ellos podrán acceder a la moratoria previsional que fue aprobada en Diputados.

Todavía no fue publicada la reglamentación, pero el texto votado en el Congreso permite conocer los detalles de cómo se implementará la moratoria.

A quién está dirigida

La moratoria está dirigida a dos grandes grupos de personas. El primero está conformado por los ciudadanos que, pese a haber cumplido la edad jubilatoria, no llegaron a pagar los 30 años de aportes que dicta la ley 24.241; el otro, lo constituyen quienes todavía no tienen la edad límite, pero ya saben de antemano que no llegarán a los 30 años de aportes jubilatorios.

En ambos casos, entonces, se trata de argentinos que necesitan ponerse al día con los aportes para poder cumplir con los requisitos para acceder a la jubilación.

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En mayor detalle, el primer grupo lo conforman mujeres de 60 años o más y hombres de 65 años o más, con menos de 30 años de aporte.

En el segundo grupo están las mujeres de entre 50 y 59 años y los hombres con edad de entre 55 y 64 años que ya saben que llegarán a la edad jubilatoria sin los 30 años de aportes obligatorios.

Jubilados

Qué deudas se podrán cancelar

Quienes accedan a la moratoria no podrán pagar cuotas adeudadas en la última década, sino que deberán remontarse a períodos anteriores.

Según dicta la nueva ley, el primer grupo de beneficiarios (quienes ya cumplieron la edad jubilatoria) podrán regularizar las deudas de aportes anteriores a diciembre de 2008. Los pagos serán descontados directamente de la jubilación que percibirán mensualmente.

En cuanto al monto de la cuota, cada mes que se quiera pagar de aportes equivaldrá al 29% de la remuneración mínima imponible, que hoy es de $19.758. Al día de hoy cada mes que se quiera pagar de aporte equivaldría a $5.279.

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A modo de ejemplo: si alguien necesita 5 años de aportes, el monto a pagar será de  $5.279 por 60 meses (5 años)= $316.740 a pagar en hasta 120 meses que se descontarán de su haber jubilatorio o en el caso de que no se tenga la edad, se abonará mensualmente.

Otro ejemplo:, si alguien necesita 20 años de aportes, es decir 240 meses, el monto a pagar será de $ 1.266.960, en 120 cuotas de $10.558.
 
El monto de las cuotas se actualiza junto con los aumentos de haberes por la ley de movilidad en marzo, junio, septiembre y diciembre.

Los planes de pago van de 1 a 120 cuotas.

Falta resolver aún si aquellas personas que cobran una pensión pueden inscribirse, eso lo dirá la reglamentación que se dará a conocer en los próximos días.

Cuándo arranca la moratoria

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Aún no hay una fecha definida para el inicio del beneficio de regulación de deudas, pero seguramente pasarán varios días. Es que primero la ley debe ser reglamentada por el Poder Ejecutivo -cuando esto ocurra saldrá publicado en el Boletín Oficial- y luego la Anses deberá informar los procedimientos para poder acceder al plan de pagos.

Una vez que entre en funcionamiento, la ley tendrá una vigencia de 24 meses. Por lo tanto, quienes durante ese tiempo pasen a cumplir con los requisitos de ingreso, podrán ir incorporándose . Sirve de ejemplo una mujer que en 2024 cumplirá 50 años. Hoy, con 49, no puede acceder, pero dentro de unos meses tendrá la posibilidad de anotarse en la moratoria.

Además, la ley tendrá la posibilidad de ser prorrogable, por lo que no se descarta que más personas puedan incorporarse en el futuro.