Raed no avizora un revés en la Corte Suprema de la Nación

El abogado que impulsó la presentación que finalmente habilita la candidatura a vicegobernador de Juan Manzur, opinó sobre un planteo de la oposición.
viernes 02 de diciembre de 2022
Antonio Raed resaltó el fallo de la Corte que permite a Juan Manzur ser candidato a Vicegobernador.
Antonio Raed resaltó el fallo de la Corte que permite a Juan Manzur ser candidato a Vicegobernador.

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia allanó el camino para que el Jefe de Gabinete de la Nación, Juan Manzur, sea candidato a vicegobernador en los comicios provinciales del año próximo, luego de haber sido elegido como gobernador de la provincia por dos mandatos consecutivos.

En un fallo firmado por los vocales Daniel Leiva, Antonio Estofán y Eleonora Rodríguez Campos, se declaró inadmisible la pretensión del intendente Germán Alfaro de intervenir como tercero en el expediente. Y además, la Corte hizo lugar al recurso de amparo presentado por el gobernador en uso de licencia y, en consecuencia, "declarar que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 90 de la Constitución de Tucumán, el Gobernador que ha sido elegido en dos oportunidades consecutivas para tal función puede ser propuesto como candidato a, y eventualmente elegido como, Vicegobernador en el siguiente período".

Esto motivó la reacción de la fuerza opositora que adelantó que recurrirá este fallo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En su paso por Los Primeros TV, el abogado de Manzur, el exlegislador peronista Antonio "Pachi" Raed, no cree que esto pueda llegar a prosperar al expresar que "el fallo de la Corte Suprema de Tucumán se encargó de remarcar muy enfáticamente de que se trata de un margen decisorio provincial que tiene que ver con el derecho electoral".

Pero además, Raed ve otras cuestiones subyacentes, como el hecho de que quienes pretendan recurrir este fallo, "tendrán que ver qué vía consiguen como para eventualmente poder llegar al máximo tribunal, ya que no tienen participación alguna en las actuaciones judiciales, ni el Partido de la Justicia Social ni la Unión Cívica Radical".

La otra cuestión puesta de relieve por Raed es que "han pasado todo el tiempo haciendo hincapié de que se trataba de un fallo que iba ha emanar de una Corte que en su integración había sido nombrada por Juan Manzur. Sin embargo, la vía idónea que tendrían que haber utilizado en términos legales que es el de la recusación, nunca la utilizaron y consintieron  la conformación del tribunal".

"Por eso veo que tienen un par de situaciones previas a resolver para decir que pueden llegar al máximo tribunal nacional", afirmó Raed.

Los puntos altos del fallo

Sobre el fallo de la Corte provincial, que allana la posibilidad de Manzur para ser candidato a vicegobernador en las próximas elecciones del 14 de mayo, Raed manifestó que "el resultado era esperable, porque siempre hemos considerado que el planteo que se hacía por la vía del amparo era con pleno ajuste a Derecho, por lo tanto esperábamos que el máximo tribunal en cierta forma ratifique nuestra presentación y la apruebe.

Al analizar el fallo en concreto, Raed rescató que "hay conceptos muy importantes que siendo del máximo tribunal provincial, adquieren el rango de doctrina legal, el lugar que le otorgan al Derecho Electoral que hoy se lo denomina el derecho imperativo, en el espectro de los derechos inalienables del individuo".

Sostuvo que "también rescatan lo que es el margen decisorio del nivel provincial, en el sentido de que estiman de que es la Provincia la que debe establecer y determinar los límites, en este caso de su derecho electoral y por ende, de las candidaturas o de los márgenes que tienen los distintos ciudadanos como para que eventualmente postularse como candidatos, a partir de situaciones fácticas preexistentes".

"Así es que terminan resolviendo la cuestión del artículo 90 de la Constitución Provincial poniendo como ejemplo con el artículo subsiguiente, y consideran que una situación fáctica que pudiera suscitarse, como por ejemplo la que el vicegobernador tuviera que ejercer el cargo de gobernador, debiera subrogarse en sus funciones, no significa un atajo que genere algún tipo de impedimento como para que el gobernador pudiera postularse, en este caso como vicegobernador sin dejar en el interregno un mandato sin ocupar", aseveró el constitucionalista.

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