Autorizan salida del país de tripulantes del Avión Iraní

Los autorizados son tres iraníes y dos venezolanos llamados a indagatoria. El magistrado Villena les dictó falta de mérito por falta de pruebas firmes.
viernes 14 de octubre de 2022
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El juez federal Federico Villena autorizó hoy la salida del país de los cinco tripulantes del avión de Emtrasur que estaban retenidos en el país desde el 6 de junio y les dictó la falta de mérito porque entendió que no hay pruebas firmes para procesarlos por el delito de financiar actividades terroristas. Los beneficiados por estas medidas son el piloto Gholamreza Ghasemi y los involucrados Abdolbaset Mohammadi, Saeid Valizadeh, Víctor Manuel Pe?rez y Mario Arraga Urdaneta.

Los cinco tripulantes habían sido indagados hace dos semanas, tras una pedido de la querella de la DAIA. En ese momento, se los acusó de utilizar la empresa iraní-venezolana Emtrasur para desviar fondos que habrían sido utilizados para financiar actividades terroristas, un delito previsto en el artículo 306 del Código Penal.

 
En la imputación, se mencionaban vuelos de Teherán a Siria a través de la aerolínea Fars Air Qeshm, vinculada a Hezbollah. Esos viajes figuran en el informe que el FBI aportó a la causa a mediados de junio: “Fars Air Qeshm opera vuelos entre Irán y Siria de forma regular. Como parte de los esfuerzos realizados por Irán y la Fuerza Quds para equipar a Hezbollah con armas, componentes militares avanzados y las armas están siendo contrabandeadas desde Irán a Hezbollah en el Líbano utilizando vuelos civiles de Teherán a Damasco. Se sabe que un avión que pertenece a Fars Air Qeshm ha transferido equipos de Irán a Hezbollah en Líbano utilizando la ruta entre Teherán y Beirut”.

Sin embargo, Villena sostuvo ahora que no hay pruebas contundentes en la causa para procesarlos. Apurado por el plazo que le impuso la Cámara Federal de La Plata, hace un mes, al confirmar la salida del país de los primeros 12 tripulantes, el juez resolvió hoy la situación procesal de los únicos cinco indagados.

“Cuando los elementos de juicio no autorizan el dictado del auto de procesamiento y, a la vez, tampoco tienen entidad para descartar la existencia del hecho, su cara?cter delictuoso o la responsabilidad del imputado -lo que hari?a procedente su sobreseimiento- el juez debe disponer la falta de me?rito”, explicó Villena en su resolución.

La fiscal Cecilia Incardona ya había cuestionado que los tripulantes del avión de Emtrasur vuelvan a sus países de origen. En ese momento, advirtió que es improbable que vuelvan a la Argentina porque Irán y Venezuela no admiten la extradición de sus ciudadanos. “En caso de confirmarse, habrá desaparecido la posibilidad de juzgar a eventuales responsables de un hecho sumamente grave como lo es el aquí investigado”, sostuvo Incardona.

El embajador argentino en Venezuela acusó a la Justicia de “secuestrar” el avión