ANSES: Cómo obtener una pensión por fallecimiento

Conocé cuáles son los requisitos, la documentación necesaria y los pasos a seguir para tramitar las pensiones por fallecimiento que da el ANSES
lunes 10 de octubre de 2022

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorga las pensiones por fallecimiento con el fin garantizar un acompañamiento económico al cónyuge, conviviente o hijas/os de de trabajadores o jubilados fallecidos.

Pensión por fallecimiento de trabajadores: como solicitarla y cuales son los requisitos

Las personas que pueden solicitar la prestación son las siguientes:

  • Cónyuge: Partida de Casamiento actualizada (la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento).
  • Conviviente: Acreditar cinco años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a dos años.
  • Hijas/os: Ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del trabajador fallecido.
  • La trabajadora o trabajador fallecido, debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
  • Tener 30 años de aportes para el régimen común.
  • Haber aportado 30 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
  • Haber aportado 18 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
  • Haber aportado 12 meses dentro de los últimos 60 meses antes de su fallecimiento y tener la mitad del total de años exigidos por el régimen común o diferencial. De no cumplir con este requisito el solicitante puede completar los años de aportes, computando servicios regularizados por alguna de las Moratorias Previsionales vigentes.
  • Si el fallecido cuenta con aportes que no están registrados, los familiares deben reunir la documentación que pruebe los períodos trabajados (certificaciones de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social, Declaración Jurada que acredite los servicios del trabajador o trabajadora fallecida).

¿Cómo realizar el tramite?

  • Obtener una clave de la seguridad social. En caso de no tener, se puede solicitar en linea. También sirve para realizar consultas y gestiones. Obtener clave.
  • Revisar los datos personales: Ingresá a mi ANSES con la clave obtenida y revisá que tus vínculos familiares estén correctos. En el caso de que falten datos o sean incorrectos, se debe modificar ingresando a Atención Virtual opción Solicitar modificación de datos personales y/o grupo familiar para actualizarlos.
  • Solicitá un turno para atenderte en la oficina más cercana a tu domicilio.
  • Pensión por fallecimiento de una jubilada o jubilado
  • Las personas que pueden solicitar la prestación son las siguientes:
  • Cónyuge: Partida de casamiento actualizada (la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento).
  • Conviviente: Acreditar cinco años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen una hija/o reconocida/o por ambos, el plazo se reduce a 2 años.
  • Hijas/os: Ser menor de 18 años, soltera/o y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que la hija/o se encuentre incapacitada/o para trabajar y haya estado a cargo de la jubilada o jubilado fallecido.

Documentación

De la jubilada o jubilado fallecido:

  • Partida de defunción.
  • Formulario PS 6.76 - Información Bancaria, sólo si no se encuentra registrada esta información en ANSES.
  • Si es cónyuge o conviviente de la jubilada o jubilado:
  • DNI.
  •  Formulario PS 6.9 - Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562.
  • Si la persona fallecida se jubiló por moratoria (Ley Nº 24.476) y existieran cuotas pendientes de pago se deberá presentar el Formulario PS 6.279 - Aceptación de descuento de cuota de moratoria de la prestación de pensión.
  •  Formulario PS 6.284 - Declaración Jurada sobre la eventual percepción de prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad.
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Si es hija o hijo incapacitado para trabajar:

  • Formulario PS 6.9 - Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562.
  •  Formulario PS 6.12 - DDJJ dependencia económica titular.
  •  Formulario PS 6.13 - DDJJ dependencia económica testimonial.
  • Si la persona es huérfana/o de madre y padre se debe presentar original y fotocopia del testimonio de tutoría o curatela transitoria o definitiva, con aceptación de cargo, discernimiento y autorización para percibir haberes devengados y a devengar.

¿Cómo realizar el tramite?

  1. Obtener una clave de la seguridad social. En caso de no tener, se puede solicitar en linea. También sirve para realizar consultas y gestiones. Obtener clave.
  2. Revisar los datos personales: Ingresá a mi ANSES con la clave obtenida y revisá que tus vínculos familiares estén correctos. En el caso de que falten datos o sean incorrectos, se debe modificar ingresando a Atención Virtual opción Solicitar modificación de datos personales y/o grupo familiar para actualizarlos.
  3. Iniciá el trámite a través de Mi ANSES: ingresá desde el menú de la izquierda a Jubilados y Pensionados, seleccioná la opción Solicitar pensión por fallecimiento y seguí los pasos.

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Otros requisitos

Para comenzar el tramite se debe cumplir las siguientes condiciones: 

  • Haber transcurrido 10 días hábiles del fallecimiento de la persona jubilada.
  • El fallecimiento debe haber ocurrido dentro de los últimos 4 meses.
  • La jubilación de la persona fallecida a partir de la cual se tramita esta pensión debe pertenecer al régimen general y no a uno especial (como Docentes Universitarios, Luz y Fuerza o Investigadores Científicos). La pensión tampoco puede ser derivada de una jubilación adquirida con regularización de aportes por moratoria.