Otro revés judicial para Cristina Kirchner y Lázaro Báez

Revocaron el sobreseimiento de un grupo de imputados en una causa por lavado de dinero, relacionada con el caso en el que se juzga a Cristina Kirchner.
lunes 29 de agosto de 2022
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Los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo, revocaron el sobreseimiento de la empresa Gotti, del grupo de Lázaro Báez investigada por lavado de activos y pago de sobornos a través de la facturación apócrifa, ligada al caso Vialidad, con el que se juzga a Cristina Kirchner.

Los camaristas hicieron lugar al recurso de casación de la fiscalía y, por mayoría, revocaron la resolución que había declarada prescripta la causa para María Julia Cis, Martín Samuel Jacobs, Armando Ulled, Graciela Elsa Ancarani, Carlos Alberto Eduardo Di Gianni y Rafael Mateo Merlini.

El expediente, según detalla La Nación, se inició por una denuncia de 2008 de Elisa Carrió que había señalado una posible operatoria de lavado de activos y pago de sobornos a través de la facturación apócrifa por parte de la empresa Gotti S.A.

Luego de la investigación se les imputó a los encausados haber tomado intervención en una operatoria criminal por medio de la cual la asociación ilícita presuntamente conducida por Néstor Kirchner y Cristina Kirchner, con la intervención de Lázaro Báez, realizó sucesivas intermediaciones comerciales y financieras, justificadas como costos derivados de obras públicas.

No obstante esas operaciones habrían escondido el objetivo de darle legalidad al cobro de más de 500 millones de pesos sustraídos del Estado mediante el fraude de a obra pública. En esa causa están investigados Lázaro Báez y el exadministrador de Vialidad Nelson Periotti, además del contado Ernesto Clarens.

Causa principal

Ese fraude en la obra pública es el objeto de la causa principal de Vialidad por la que está siendo juzgada Cristina Kirchner y este expediente está vinculado a aquel porque se trataría de una maniobra de lavado de activos generados con aquel hecho de corrupción.

Los abogados de los imputados plantearon la prescripción de la acción penal considerando que entre la última intervención de sus defendidos en la maniobra y el llamado a indagatoria había transcurrido el plazo previsto por la ley para la condena.

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