Fiesta en Olivos: Tres asistentes pagarán una reparación

La justicia homologó los acuerdos de “reparación integral del daño” en favor de Emanuel López, Fernando Consagra y Santiago Basalbivaso. por la causa de Olivos.
lunes 27 de junio de 2022
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El juez federal de San Isidro Lino Mirabelli homologó los acuerdos de “reparación integral del daño” de otros tres asistentes a la celebración del cumpleaños de la primera dama, Fabiola Yáñez, en la Quinta de Olivos en el momento más estricto de las restricciones por la pandemia.

Se trata de Emanuel López, ex asesor de comunicación de Yáñez; su pareja, el actor Fernando Consagra, y un amigo de la primera dama, Santiago Basalbivaso.

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Los tres deberán desembolsar 250 mil pesos cada uno, según lo acordado por el fiscal Fernando Domínguez con los abogados Juan Pablo Fioribello y Mariano Lizardo, quienes ejercieron la defensa. El dinero será destinado al Hospital del Tórax Dr. Antonio A. Cetrángolo, de la localidad bonaerense de Florida.

“Sin perjuicio que sea harto evidente la repercusión pública del hecho, la función del juez se define por la imparcialidad, lo cual le impone decidir conforme a Constitución Nacional y las leyes prescindiendo de cualquier consideración pública, política o personal –externa o interna– ajena al caso”, sostuvo el juez en su resolución.

“No se observan razones legales que impidan la aplicación del mecanismo propuesto”, añadió, tras recordar que en su juzgado “una gran cantidad de casos iniciados a partir de la violación de las medias sanitarias adoptadas en el marco de la pandemia de COVID-19 han recibido respuesta judicial por esta vía”.

“Ello permitió mitigar el impacto que sobre el sistema de justicia ha generado el gran caudal de casos expuestos, brindando, a la vez, una respuesta eficaz y vinculada a la protección de los intereses supraindividuales en juego (salud pública)”, concluyó.

Respecto de la celebración del cumpleaños de Yáñez, el 14 de julio de 2020 en la Residencia Presidencial de Olivos, el juez advirtió que “dejando a un lado cualquier consideración ajena al ámbito del derecho penal, la solución propuesta no aparece ilegal, ni se riñe con la normativa que rige la materia”.

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Fuente: NA