El decreto de necesidad de urgencia 70/2023, firmado por el presidente Javier Milei y sus ministros, incorpora un cambio sanitario clave a partir de este viernes, tal como estaba previsto al cumplirse el octavo día desde su publicación en el Boletín Oficial.

Distintos sectores, como la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA), la Facultad de Bioquímica y Farmacia de la Universidad de Buenos Aires y varias asociaciones de médicos iniciaron un fuerte reclamo por la implementación. En ese sentido, las farmacias de todo el país nucleadas en COFA convocaron a un paro hoy de 12 a 13, en rechazo a las reformas que rigen desde hoy.

¿Qué cambios introduce el DNU y afectan al sector farmacéutico?

-La posibilidad de que los medicamentos denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, puedan ser vendidos fuera de las farmacias.

-Que las farmacias funcionen sin profesionales farmacéuticos para realizar y controlar las dispensas. Además, Los profesionales farmacéuticos podrían ejercer la Dirección Técnica de más de una farmacia, aún sin estar presentes, lo que implica que las ventas de medicamentos podrían efectuarse por auxiliares de despacho.

-Que en la receta prescripta por el médico se describa sólo el nombre genérico y no se especifique la marca comercial.

-La medida reduce los controles sanitarios sobre los medicamentos al aumentar las bocas de expendio fuera de las farmacias, y según los farmacéuticos esto hará más difícil quitar el lote del mercado en caso de algún problema en la partida.

Los cambios en las farmacias, uno por uno

El DNU 70/2023, mediante la modificación de la ley 17.565, elimina la exigencia de que “los medicamentos denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, cualquiera sea su condición de expendio, sólo podrán ser efectuadas en todo el territorio de la Nación, en farmacias habilitadas”.

Además, el DNU suprime un requisito que estaba vigente y el sector farmacéutico considera clave, que los medicamentos denominados de venta libre sean dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas para el expendio. Según indicó la COFA, la modificación actual implica que personal no matriculado podría atender a una persona y dispensarle el fármaco.

A su vez, la medida dictada por el Gobierno deja sin efecto lo que establecía la ley, que determinaba que “la venta y despacho fuera de estos establecimientos se considera ejercicio ilegal de la farmacia y, sin perjuicio de las sanciones establecidas por la ley, los que la efectúen podrán ser denunciados por infracción al Código Penal”.

“También lleva al fin de las farmacias que están en los barrios más alejados, en los pueblos, beneficiando a las cadenas que se concentran en los grandes centros urbanos”, detalló COFA.

Además, los farmacéuticos señalan que, con estas medidas, “los medicamentos no van a bajar de precio, porque el precio lo fijan los laboratorios, no las farmacias”, pero “lo que sí va a suceder es que se pone en extrema vulnerabilidad la salud de los argentinos quitando controles sanitarios sobre los medicamentos”.

“Si hay desvíos en la calidad, problemas de fabricación, adulteración o falsificación, no va a haber forma de detectarlo oportunamente ni de retirar esos productos del mercado”, destacó el presidente de COFA.